Mediante el Departamento de Bomberos de la fuerza señalaron que los interesados pueden solicitar la emisión del Certificado de Mínima Seguridad contra Incendios, cuyos turnos deben solicitarse mediante la página de la institución; https://policiadesalta.gob.ar/turnos/turnos.php
Para conseguir este permiso de venta de pirotecnia lumínica, los comerciantes deberán presentar la solicitud de la habilitación municipal correspondiente y el Documento Nacional de Identidad. En cuanto a los locales, deberán contar con matafuegos, luces de emergencia, una correcta instalación eléctrica, entre otras exigencias.
Al respecto el jefe del departamento Bomberos, Aníbal Rodríguez, puntualizó que la venta de pirotecnia lumínica está autorizada en locales de uso exclusivo, por tanto, la prohibición rige para almacenes, supermercados, como la vía pública. En cuanto a los fuegos de artificios sonora, la ley provincial 8340 prohíbe el uso, tenencia y comercialización.
Requiriendo que la sociedad haga un uso correcto de estos artefactos, se recordó a la ciudadanía que se puede hacer la denuncia en la dependencia policial más cercana ante irregularidades por venta ilegal de pirotecnia.