En sesión ordinaria, la Cámara de Senadores de la Provincia aprobó la reforma de la Carta Municipal de Capital destacando la tarea de armonización – con las Constituciones Nacional y Provincial – realizada por el cuerpo.
No obstante, cabe recordar que, pocos días atrás, integrantes de la Convención Municipal pertenecientes a La Libertad Avanza – que contaba con mayoría en dicho cuerpo – advirtieron que, en caso de que el texto de la reforma fuese modificado por la Legislatura, recurrirían a la Justicia entendiendo que ese proceso iba en contra de la autonomía municipal.
“Hemos tomado debida nota de las repercusiones públicas que tuvo el tratamiento de esta reforma y, particularmente, a los cuestionamientos realizados sobre la competencia de la Legislatura”, aseguró el representante de La Poma, el senador Dani Nolasco, al momento de informar sobre el proyecto.
En este sentido, consideró que es comprensible que quienes integraron la Convención Municipal reivindiquen su trabajo realizado y a legitimidad democrática que les confirió el voto popular, sin embargo, aseguró, no resulta admisible que se coloquen las decisiones de la Convención por encima de las Constituciones Nacional y Provincial, “y muchos menos que se quiera colocar a la obligación constitucional de la Legislatura como un enfrentamiento político”.
Advirtió el legislador que el trabajo realizado no es distinto al que se hizo en las restantes Cartas Municipales tratadas hasta el momento ya que, indicó, en todas fue necesario analizar, revisar y compatibilizar los textos, encontrando puntos que, aunque pudiesen resultar políticamente razonables, no se podían incorporar por no encontrase dentro de las facultades de la Convención.
“Nunca nos preguntamos a qué partido pertenecía la mayoría de la Convención, ni a la identidad política de un intendente, concejal o convencional, o que una elección municipal puede ampliar y restringir las facultades de esta legislatura. Las normas constitucionales no cambian según quien gane la elección. No se puede ser riguroso con algunos municipios y complaciente con otros”, apuntó, y recordó que el procedimiento de compatibilización es uno solo, sin excepcionalidad.
Asimismo, Nolasco señaló que, si bien la Constitución Provincial reconoce y establece la autonomía provincial, dicha autonomía no significa soberanía, así como tampoco que los órganos municipales puedan tener competencias que la Constitución no les ha conferido.