Las nuevas disposiciones introducen modificaciones en la negociación colectiva, la actividad sindical, la registración laboral, las indemnizaciones y los beneficios para la formalización del empleo.
Uno de los cambios más relevantes establece un nuevo formato obligatorio para los recibos de sueldo. A partir de ahora, los empleadores deberán informar el costo laboral total de cada trabajador, incluyendo aportes y contribuciones a la seguridad social, obra social, PAMI, ART y otros conceptos vinculados a la relación laboral.
La reglamentación también incorpora nuevas reglas para los convenios colectivos de trabajo. La autoridad laboral podrá determinar el vencimiento de acuerdos que no tengan una fecha de expiración explícita y habilitar procesos de renegociación. Además, se fijan límites para las cargas económicas previstas en los convenios y se restringe la homologación de acuerdos que excedan los topes establecidos por la legislación.
En materia sindical, se fortalecen los mecanismos de control sobre las organizaciones gremiales. Entre las medidas adoptadas se encuentran la verificación de la cantidad de afiliados mediante cruces de datos oficiales, nuevas exigencias para la utilización del crédito horario sindical y requisitos más estrictos para la obtención o disputa de personerías gremiales.
Otra de las novedades es la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema destinado a facilitar el financiamiento de futuras indemnizaciones. El esquema funcionará mediante fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros supervisados por la Comisión Nacional de Valores y comenzará a regir desde el 1 de noviembre de 2026.