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CONSULTA DONDE VOTAS

El Tribunal Electoral de Salta informa al ciudadano salteño que puede consultar en su página web el sitio donde deberá emitir su voto. El sistema te indicará la dirección del establecimiento asignado, el número de mesa y el número de orden. Una inasistencia implica una inhabilitación de hasta un año para realizar trámites ante organismos estatales, tanto nacionales como provinciales y municipales.

by Javier Daniel Mamani
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La información de donde votar es vital para cumplir con la obligación ciudadana de este 11 de mayo. La jornada electoral comenzara con la habilitación de las mesas a partir de las 8 horas en distintas escuelas de la provincia. Para estos comicios de medio término se eligen en las categorías de senador, diputado, concejal, y en algunos municipios, convencionales municipales para reformar la Carta Orgánica.

El Tribunal Electoral dispuso en su web un sitio para consultar donde votar: https://www.electoralsalta.gob.ar/electores/consulta-lugar-votacion

Para acceder a la información, debes ingresar su número de DNI y completar un código de verificación (captcha). El sistema te indicará la dirección del establecimiento asignado, el número de mesa y el número de orden.

Multas

La multa por no presentarse a votar puede variar entre los $50 y los $500, dependiendo de las reincidencias. Sin embargo, la sanción más significativa es la inclusión del elector en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar, lo que puede acarrear una inhabilitación de hasta un año para realizar trámites ante organismos estatales, tanto nacionales como provinciales y municipales.

Excepciones permitidas

El Tribunal Electoral de la Provincia de Salta detalló los casos en los que los ciudadanos pueden quedar exentos del deber de votar:

  • Personas mayores de 70 años.
  • Jueces y auxiliares judiciales que deban cumplir funciones durante la elección.
  • Electores que se encuentren a más de 100 kilómetros del lugar de votación.
  • Personas enfermas o imposibilitadas por motivos físicos o de fuerza mayor, debidamente acreditados.

Cabe aclarar que quienes estén exentos pueden optar por votar de todas formas. En caso de no hacerlo, deberán notificar su situación a la Justicia Electoral con al menos 24 horas de anticipación, para evitar figurar como infractores.

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